Darse de alta como autónomo en 2026: guía paso a paso

Dos administraciones, tres formularios y un orden que casi nadie te explica bien. Aquí tienes la secuencia correcta, los plazos que no puedes fallar y cuánto vas a pagar de verdad el primer año.

Guía actualizada · kuentas.eu

El orden correcto: Hacienda antes que Seguridad Social

Empecemos por lo que más confusión genera. Darse de alta de autónomo no es un trámite, son dos trámites en dos organismos distintos, y el orden importa.

Primero vas a la Agencia Tributaria y declaras que vas a ejercer una actividad económica. Ese es el alta censal, y se hace con el modelo 036 o el 037. Después vas a la Tesorería General de la Seguridad Social y te das de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que es lo que te da cobertura sanitaria, baja por enfermedad y cotización para la jubilación.

¿Por qué en ese orden? Porque en el alta del RETA te van a pedir la actividad y el epígrafe que ya has declarado en Hacienda. Si lo haces al revés te vas a encontrar rellenando datos que todavía no existen oficialmente. Los dos trámites son gratuitos y ambos se hacen online.

Regla de plazos: el alta censal en Hacienda debe presentarse antes de empezar la actividad. El alta en el RETA puede hacerse hasta 60 días naturales antes del inicio, pero nunca después: si empiezas a facturar sin estar de alta, la Seguridad Social puede reclamarte las cuotas del periodo no declarado con recargo.

Lo que necesitas tener listo antes de empezar

Paso 1: alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037)

Es una declaración censal: le comunicas a la Agencia Tributaria quién eres, a qué te vas a dedicar, desde cuándo y bajo qué régimen fiscal. Se presenta en la Sede Electrónica de la AEAT.

036 o 037: cuál te toca

El 037 es la versión simplificada. Sirve si eres persona física residente en España, no actúas mediante representante, tu domicilio fiscal coincide con el de gestión, no eres gran empresa y no realizas operaciones intracomunitarias ni comercio exterior.

El 036 es el completo. Lo necesitas si vas a facturar a clientes de otros países de la Unión Europea (y por tanto quieres darte de alta en el ROI, el Registro de Operadores Intracomunitarios), si operas con países fuera de la UE, si constituyes una sociedad o si tu situación no encaja en el listado del 037.

Si tienes clientes fuera de España, ve directo al 036. Muchos freelancers digitales empiezan con el 037 «porque es más corto» y a los dos meses tienen que presentar una modificación para pedir el alta en el ROI, con el lío de facturas ya emitidas mal. Si sabes que vas a facturar a una agencia francesa o a una plataforma irlandesa, hazlo bien desde el principio.

Qué decides en este formulario

Casilla / bloqueQué estás decidiendoConsejo práctico
Fecha de inicio de actividad Desde cuándo eres autónomo a efectos fiscales Que coincida con la del RETA para evitar descuadres
Epígrafe IAE Cómo se clasifica tu actividad Determina si retienes IRPF y si tu servicio lleva IVA
Régimen de IVA General, recargo de equivalencia, exención… La mayoría de servicios profesionales van en régimen general
Régimen de IRPF Estimación directa simplificada o módulos La directa simplificada es la opción por defecto para servicios
Obligaciones periódicas Qué modelos vas a presentar cada trimestre Marca solo los que correspondan; añadir de más genera requerimientos
Alta en ROI Poder facturar sin IVA dentro de la UE Solo en el 036; la aprobación puede tardar semanas

Elegir bien el epígrafe del IAE

El epígrafe es el código que clasifica tu actividad, y no es un detalle burocrático menor: de él dependen tus obligaciones fiscales concretas.

El listado se divide en tres secciones. La sección primera agrupa actividades empresariales (comercio, hostelería, industria, transporte). La sección segunda son actividades profesionales (consultoría, diseño, programación, traducción, asesoría). La sección tercera es para artistas.

La diferencia práctica más importante entre empresarial y profesional está en las retenciones. Si tu epígrafe es profesional (sección segunda) y facturas a empresas o a otros autónomos españoles, tus facturas llevan una retención de IRPF del 15 % (7 % durante el año de inicio y los dos siguientes). Ese dinero no lo cobras: lo ingresa tu cliente en tu nombre a Hacienda, y funciona como un adelanto de tu declaración anual.

Si tu epígrafe es empresarial (sección primera), no hay retención y en su lugar presentas el modelo 130 cada trimestre, adelantando tú mismo un 20 % del beneficio.

Puedes tener varios epígrafes a la vez y no cuesta más dinero. Si haces diseño gráfico y además vendes plantillas digitales, dalos de alta los dos. Facturar bajo un epígrafe que no corresponde es de las cosas que Hacienda detecta con facilidad en un cruce de datos.

Paso 2: alta en el RETA

Con el alta censal presentada, toca la Seguridad Social. Se hace en el portal Import@ss, que es bastante más amable que la sede antigua, o presencialmente con cita previa en una administración de la Tesorería.

  1. Accede con certificado digital, Cl@ve o vía SMS
    El acceso por SMS solo funciona si tus datos están actualizados en la base de la Seguridad Social.
  2. Selecciona «Alta en trabajo autónomo»
    Te pedirá la fecha de inicio, que debe ser coherente con la declarada en Hacienda.
  3. Indica tu actividad y el epígrafe IAE
    El mismo que pusiste en el 036/037. Aquí es donde se ve por qué convenía hacer antes el trámite fiscal.
  4. Declara tus rendimientos netos previstos
    Ingresos menos gastos deducibles, en cómputo anual. De aquí sale el tramo de cotización.
  5. Elige la base de cotización dentro de tu tramo
    Puedes moverte entre la base mínima y la máxima del tramo que te corresponda.
  6. Selecciona la mutua colaboradora
    Gestionará tus bajas por enfermedad y accidente. Se puede cambiar más adelante, pero solo en ventanas concretas.
  7. Domicilia la cuota e indica coberturas
    Cese de actividad y formación profesional van incluidas de serie desde la reforma.
  8. Descarga la resolución de alta
    Guárdala. Te la van a pedir en el banco, en subvenciones y en cualquier gestión posterior.

La base de cotización y los tramos por ingresos reales

Desde 2023 el sistema cambió de raíz. Antes elegías la base que querías casi libremente, y la inmensa mayoría escogía la mínima. Ahora cotizas según lo que ganas de verdad: declaras una previsión de rendimientos netos anuales, eso te sitúa en un tramo, y dentro del tramo puedes moverte entre una base mínima y una máxima.

Lo importante de entender es que se trata de una previsión provisional que se regulariza. Al año siguiente, cuando la Seguridad Social cruza tus datos con los de Hacienda vía la declaración de la renta, compara lo que cotizaste con lo que realmente ganaste. Si cotizaste de menos, te reclaman la diferencia. Si cotizaste de más, te la devuelven.

Cómo se calcula tu rendimiento neto

No es tu facturación. Es:

Ingresos íntegros − gastos deducibles − 7 % de deducción por gastos genéricos

Ese 7 % adicional (3 % para autónomos societarios) es una deducción automática por gastos de difícil justificación. Es decir: si facturas 40.000 € y tienes 10.000 € de gastos deducibles, tu rendimiento neto no es 30.000 € sino 27.900 €.

Puedes cambiar la base hasta seis veces al año. Es una de las mejores herramientas del sistema y casi nadie la usa. Si arrancas flojo y a mitad de año despegas, ajusta la previsión al alza y evitas la regularización de golpe. Y al revés: si el año se tuerce, bájala y alivia la caja mensual.

Tarifa plana: quién puede y cuánto ahorra

Es la bonificación estrella para quien empieza: una cuota reducida fija durante los primeros doce meses, prorrogable otros doce si tus rendimientos netos siguen por debajo del salario mínimo interprofesional.

Requisitos

Detalles que conviene saber

Hay colectivos con condiciones ampliadas: personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo pueden acceder a periodos bonificados más largos. Y varias comunidades autónomas complementan la tarifa plana estatal con ayudas propias que pueden dejar la cuota efectiva prácticamente a cero durante el primer año: consulta el portal de tu comunidad antes de darte de alta, porque muchas exigen solicitar la ayuda en un plazo corto desde el alta.

Un matiz que cuesta dinero a mucha gente: durante la tarifa plana cotizas por la base mínima, y eso se refleja en la cuantía de tu futura pensión y en la base reguladora de una hipotética baja. Es un ahorro real hoy a cambio de menos cobertura mientras dura. Para la mayoría compensa al arrancar; si tu actividad es de riesgo físico, piénsalo dos veces.

Cuánto cuesta realmente el primer año

Aquí es donde conviene ser realista, porque la cuota de autónomos no es tu único coste fijo.

ConceptoCoste orientativoFrecuencia¿Evitable?
Alta censal (036/037)0 €Una vezNo, es obligatorio y gratuito
Alta en RETA0 €Una vezNo, es obligatorio y gratuito
Certificado digital FNMT0 €RenovableNo, lo necesitas para todo
Cuota RETA con tarifa planaCuota reducida fijaMensual, 12 mesesSí, si cumples requisitos
Cuota RETA sin bonificaciónSegún tramo de ingresosMensualSolo ajustando la base
Gestoría o software de facturación0–60 € / mesMensualSí, con herramientas propias
Seguro de responsabilidad civilVariable por sectorAnualDepende de tu actividad
Licencia de actividad municipalVariable por municipioUna vezSolo si tienes local abierto al público

La conclusión honesta: darse de alta no cuesta nada, mantenerse sí. Antes de dar el paso, calcula cuánto necesitas facturar al mes solo para cubrir cuota, herramientas y seguros. Ese es tu punto de equilibrio real, y muchos lo descubren en el mes cuatro.

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Qué viene después del alta

El alta es el principio. Estas son las obligaciones que arrancan con ella:

Los trimestres se presentan en enero, abril, julio y octubre, dentro de los primeros veinte días naturales del mes. Es la fecha que más despistes causa el primer año.

Los siete errores que más caros salen

  1. Empezar a facturar antes de estar de alta. «Primero consigo el cliente y luego me doy de alta» es la ruta directa a que la Tesorería te reclame las cuotas del periodo con recargo, más la sanción de Hacienda por actividad no declarada.
  2. Elegir el epígrafe por aproximación. Marcar «cualquiera que se parezca» condiciona tus retenciones y tus modelos trimestrales durante todo el ejercicio.
  3. Declarar rendimientos irreales para pagar menos. La regularización llega, cruza tus datos con la renta y te reclama la diferencia de golpe. Es un aplazamiento, no un ahorro.
  4. Olvidar el ROI antes de facturar a la UE. Si facturas a una empresa europea sin estar en el registro, tienes que repercutir IVA español. Corregirlo después implica facturas rectificativas y explicaciones al cliente.
  5. Mezclar la cuenta personal con la profesional. No es ilegal, pero convierte cada trimestre en una arqueología bancaria. Abre una cuenta separada el primer día.
  6. Perder las facturas de gastos. Sin factura completa a tu nombre y NIF no hay gasto deducible. Un ticket de restaurante sin datos fiscales no vale.
  7. No pedir las ayudas autonómicas en plazo. Muchas comunidades exigen solicitarlas en las primeras semanas desde el alta. Pasado ese plazo, se pierden aunque cumplas todos los requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta de autónomo solo unos días al mes?

Sí. Desde que la cotización se calcula por días reales de alta, puedes darte de alta y de baja según necesites y pagas proporcionalmente. Ahora bien, la Seguridad Social vigila las altas y bajas repetitivas dentro del mismo mes, y hacerlo de forma sistemática para eludir cuota puede acarrear problemas.

¿Tengo que darme de alta si facturo muy poco al año?

El alta censal en Hacienda es obligatoria siempre que realices una actividad económica, sin importar el importe. Sobre el RETA existe jurisprudencia que ha eximido en casos de actividad marginal por debajo del salario mínimo, pero es un criterio judicial caso por caso, no una exención automática. En la práctica, la Tesorería exige el alta y discutirlo después es caro e incierto.

¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Sí, se llama pluriactividad. Cotizas en los dos regímenes y tienes derecho a que te devuelvan el exceso de cotización si superas el tope conjunto. Además existen bonificaciones específicas para quien inicia una actividad por cuenta propia estando ya de alta como asalariado. Revisa que tu contrato laboral no incluya cláusula de exclusividad o de no competencia.

¿Cuánto tarda en tramitarse el alta?

El alta censal en Hacienda es prácticamente inmediata: presentas el modelo y obtienes justificante en el momento. El alta en el RETA por Import@ss suele resolverse el mismo día o en 24-48 horas. El alta en el ROI es la excepción: puede tardar varias semanas porque Hacienda comprueba la actividad antes de aprobarla.

¿Qué pasa si me equivoco al rellenar el modelo 036?

Se corrige presentando una declaración censal de modificación, el mismo modelo marcando la casilla correspondiente. Es gratuito y puedes hacerlo tantas veces como necesites. Lo que no se arregla tan fácil son las facturas ya emitidas bajo datos incorrectos: esas requieren facturas rectificativas.

¿La cuota de autónomo es un gasto deducible?

Sí. La cuota del RETA es gasto deducible en tu actividad económica y reduce tu rendimiento neto tanto a efectos de IRPF como del cálculo del tramo de cotización del año siguiente. Consérvala en tus libros de registro como cualquier otro gasto.

¿Necesito gestoría o puedo hacerlo yo?

Si tu actividad es sencilla (servicios, un solo epígrafe, clientes nacionales, sin empleados), puedes gestionarlo tú con un buen software de facturación y algo de disciplina. Si tienes operaciones intracomunitarias, varias actividades, empleados o inversiones relevantes, una gestoría se paga sola solo en errores evitados.

¿Puedo darme de baja cuando quiera?

Sí, la baja se tramita en Import@ss y surte efecto desde el día que indiques, siempre que la comuniques dentro de los tres días naturales siguientes al cese. Recuerda darte de baja también en Hacienda con el modelo 036/037: es un olvido muy frecuente que deja obligaciones trimestrales abiertas y genera requerimientos por no presentar modelos.

¿Qué diferencia hay entre estimación directa simplificada y módulos?

En estimación directa simplificada tributas por tu beneficio real (ingresos menos gastos), que es lo habitual en servicios profesionales. En estimación objetiva o módulos tributas según unos parámetros objetivos del sector (metros del local, personal empleado, potencia contratada), independientemente de lo que ganes. Los módulos solo están disponibles para actividades concretas y con límites de facturación.