verifactu software facturacion autónomos: el detalle que cambia la decisión en 2026

En verifactu software facturacion autónomos hay una trampa silenciosa: casi todos miran la etiqueta grande y casi nadie mira la condición que decide.
Esta guía va a lo concreto: qué es Veri*factu exactamente, cómo saber si un programa lo cumple, cómo afecta a la operativa diaria del autónomo y qué pasa si no te adaptas antes del plazo. Te hablo en castellano de España, sin rodeos y con las fuentes oficiales enlazadas.
Qué es Veri*factu y a quién afecta
Veri*factu es el nombre con el que se conoce el reglamento de sistemas informáticos de facturación (SIF) aprobado por el Real Decreto 1007/2023, aunque en sentido estricto VERI*FACTU es solo una de sus dos modalidades, la que envía los registros a la AEAT. Lo que hace es obligar a que el software de facturación genere, para cada factura emitida, un código de verificación (hash) que queda registrado y que la AEAT puede comprobar en cualquier momento.
El objetivo declarado es eliminar el software de doble contabilidad, también llamado "software de caja B": programas que permiten emitir facturas que no quedan registradas en la contabilidad oficial. Con Veri*factu, cada factura tiene un código único e inmodificable que se encadena con las anteriores, de modo que si alguien elimina o modifica una factura, el sistema lo detecta automáticamente.
Esto no es una opción ni una mejora voluntaria. Según el Real Decreto-ley 15/2025, los autónomos que facturen con un programa tendrán que usar uno que cumpla el reglamento antes del 1 de julio de 2027, y los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades antes del 1 de enero de 2027. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazarlo hasta octubre de 2028 (nota informativa); mientras no se publique en el BOE, rigen las fechas de 2027. Según las preguntas frecuentes de la AEAT, quedan fuera, entre otros, quienes llevan los libros por el SII, quienes tributan en el País Vasco o Navarra y quien expide sus facturas a mano.
Casillas y documentos que ordenan verifactu software facturacion autónomos
Un programa adaptado al reglamento genera automáticamente estos elementos en cada factura:
- Huella digital (hash): un código criptográfico que identifica de forma única cada factura y que se calcula a partir de todos los campos del documento. Si se modifica cualquier dato de la factura (importe, fecha, NIF), el hash cambia y el sistema detecta la manipulación.
- Código QR: un código QR que el cliente puede escanear para verificar en tiempo real en la página de la AEAT que la factura es auténtica y ha sido registrada.
- Número de identificación único: un identificador que vincula la factura con el NIF del emisor y con la secuencia del período fiscal.
- Registro en tiempo real o diferido: en el modo "Veri*factu" completo, los datos de cada factura se envían a la AEAT en el momento de emisión. En el modo "no Veri*factu" (SIF sin envío en tiempo real), se registran localmente y se ponen a disposición de AEAT cuando esta los requiere.
Cuándo subir presupuesto en verifactu software facturacion autónomos y cuándo no
El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó el plazo original: sociedades antes del 1 de enero de 2027 y autónomos antes del 1 de julio de 2027 (Hacienda prevé un nuevo aplazamiento a octubre de 2028, aún no publicado en el BOE). Todavía hay margen, pero ese margen no es excusa para posponer la decisión.
Sube el presupuesto de software cuando: tienes más de cincuenta facturas al mes, necesitas integración con tu contabilidad, tienes clientes que exigen factura electrónica en el formato FacturaE, o facturas a clientes de la Administración Pública (que ya tiene sus propios sistemas). No subas el presupuesto cuando: emites menos de veinte facturas al mes y tus clientes son todos empresas privadas sin requisitos especiales de facturación.
Fechas que no dejaría al azar con verifactu software facturacion autónomos
El calendario vigente para la adaptación a Veri*factu:
- Reglamento aprobado: Real Decreto 1007/2023, publicado en el BOE el 5 de diciembre de 2023.
- Plazo para sociedades: antes del 1 de enero de 2027, según el Real Decreto-ley 15/2025.
- Plazo para autónomos y demás obligados: antes del 1 de julio de 2027. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazar ambos plazos hasta octubre de 2028 (nota informativa); mientras no se publique en el BOE, rigen estas fechas.
- Declaración responsable: no existe una certificación oficial; el fabricante acredita que su programa cumple con una declaración responsable. Pídesela a tu proveedor actual.
Mi filtro para este tema es claro: si tu proveedor de software actual no te enseña su declaración responsable ni una hoja de ruta concreta para cumplir el reglamento, empieza a buscar alternativa.
Qué observar durante los primeros 30 días con un nuevo software verifactu
Un programa nuevo no queda comprobado solo porque el proveedor diga que cumple. En los primeros treinta días hay que comprobar:
- Que las facturas generan el código QR correcto y que al escanearlo la información aparece en la sede electrónica de AEAT.
- Que el hash de cada factura se calcula correctamente y que no permite modificar facturas ya emitidas sin dejar rastro.
- Que la numeración secuencial de facturas no se rompe ni genera duplicados.
- Que la exportación de datos al formato XML requerido por AEAT funciona sin errores.
La mayoría de los problemas de implementación aparecen en las primeras semanas. Un soporte técnico que responde en menos de 24 horas durante ese período vale más que cien reseñas positivas en Google.
IVA, retención y justificantes: la base para no rehacer verifactu software facturacion autónomos
Veri*factu no cambia cómo funciona el IVA ni las retenciones. Lo que cambia es el registro y la trazabilidad de las facturas que contienen esos datos. Pero hay un efecto secundario que muchos autónomos no anticipan:
Si tu programa trabaja en la modalidad VERI*FACTU, la AEAT recibe los datos de cada factura en el momento de emitirla; en la otra modalidad, los registros quedan a su disposición si los pide. Eso facilita detectar que un autónomo declare en el modelo 303 un IVA inferior al de sus facturas. Lo mismo para las retenciones: si el cliente declara haber retenido el 15% y el autónomo declara haber cobrado sin retención, hay una incoherencia que genera alerta.
Esta mayor transparencia es, a la vez, una oportunidad y una exigencia: quienes llevan la contabilidad y la facturación bien, no notarán diferencia. Quienes tenían pequeñas "inexactitudes" entre lo que facturaban y lo que declaraban, sí lo notarán.
| Software/Solución | Ideal para |
|---|---|
| Facturas directamente desde la AEAT (herramienta gratuita) | Autónomos con muy pocas facturas y sin necesidades de integración |
| Software de facturación con módulo SIF nativo | Autónomos con volumen medio y necesidad de automatización |
| ERP con módulo contable y SIF integrado | Autónomos con empleados, múltiples actividades o integración con almacén |
| Gestoría con software SIF incluido en el servicio | Autónomos que prefieren externalizar toda la gestión fiscal y de facturación |
La tabla sirve como punto de partida. Antes de decidir, pide al proveedor su declaración responsable (la AEAT no homologa ni publica un registro de programas) y pide una demostración real del funcionamiento del código QR y del hash.
Software, gestoría o AEAT directa para verifactu software facturacion autónomos
La AEAT ha publicado una aplicación gratuita de facturación para que los autónomos con poca actividad puedan emitir facturas cumpliendo con Veri*factu sin pagar ningún software. Es una solución válida si emites pocas facturas y no necesitas automatización.
Para el resto, la decisión entre software propio y gestoría depende del volumen y la complejidad:
- Menos de 20 facturas/mes: software de facturación simple adaptado al reglamento. Suficiente para la mayoría de freelancers y autónomos de servicios.
- Entre 20 y 100 facturas/mes: software con módulo de contabilidad integrado o conexión directa con la gestoría.
- Más de 100 facturas/mes: ERP con módulo de facturación adaptado o gestoría con acceso directo al sistema de facturación.
Errores que deforman la adaptación a Veri*factu trimestre tras trimestre
Errores frecuentes en la adaptación al reglamento:
- Creer que el software actual se va a actualizar automáticamente. No todos los proveedores van a adaptar sus productos. Si el tuyo no ha publicado su hoja de ruta ni su declaración responsable, empieza a buscar alternativa ya.
- Pensar que Veri*factu solo afecta a quien tiene caja. El SIF afecta a cualquier software que genere facturas, no solo a los sistemas de punto de venta, y un programa a medida también tiene que cumplir. En cambio, según la AEAT, un Excel o un Word usados solo para redactar e imprimir facturas no son un sistema informático de facturación (sí lo son si generas con ellos los libros registro).
- Migrar en el último mes antes del plazo. La migración de datos históricos (facturas anteriores, datos de clientes, productos) lleva tiempo. Hacerlo con prisas en diciembre de 2026 (para las sociedades) o en junio de 2027 (para los autónomos) es una receta para errores de numeración, duplicados o pérdida de datos.
- Elegir software por precio sin pedir la declaración responsable. No existe un registro oficial de programas: lo que acredita el cumplimiento es la declaración responsable del fabricante, que debe estar a tu disposición.
- No formar a las personas que emiten facturas. Si en tu negocio alguien más además de ti emite facturas (un empleado, un familiar), esa persona tiene que entender cómo funciona el nuevo sistema. Una factura emitida fuera del programa (aunque sea por error) queda fuera del registro encadenado y descuadra la serie.
Casos de uso de Veri*factu por perfil
Voy a poner tres casos concretos porque la adaptación a Veri*factu tiene implicaciones distintas según el perfil del autónomo:
Caso 1: el consultor que factura a grandes empresas. Emite diez o doce facturas al mes a empresas que piden factura electrónica en formato FacturaE. Con Veri*factu, necesita un software que cumpla tanto con el SIF como con el formato FacturaE. Son dos requisitos distintos: hay software que hace uno pero no el otro. Tiene que confirmar que el suyo hace ambas cosas.
Caso 2: la peluquera autónoma con clientes particulares. Cobra en efectivo y en tarjeta a clientes particulares. Antes no emitía facturas completas a todos; solo tickets de caja. Con Veri*factu, si tiene un software de TPV (punto de venta), ese software también tiene que cumplir con el SIF. Si usa una aplicación de cobros con tarjeta (tipo SumUp o iZettle), y la aplicación emite tickets o facturas, tiene que comprobar que su fabricante ha firmado la declaración responsable.
Caso 3: el programador freelance que usa Excel para facturar. Tiene cuatro o cinco clientes y emite cinco facturas al mes con una plantilla de Excel. Según la AEAT, si solo usa el Excel para redactar, imprimir y conservar las facturas, no es un sistema informático de facturación y puede seguir; si lo usa para generar los libros registro, sí lo es, y entonces tiene dos opciones: usar la herramienta gratuita de la AEAT o cambiar a un software de facturación sencillo. Además, cuando le alcance la factura electrónica entre empresas (desde el 6 de octubre de 2028 para la mayoría de autónomos, según la Agencia Tributaria) tendrá que emitir en formato estructurado.
Diferencia entre Veri*factu y factura electrónica: lo que confunde a muchos autónomos
Hay dos obligaciones distintas que se solapan en el tiempo y que la gente mezcla:
- Veri*factu (SIF): obligación de usar software que genere un código de verificación en las facturas. Aplica a quien factura con un programa informático. Plazos vigentes: antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) y del 1 de julio de 2027 (autónomos); Hacienda prevé aplazarlos a octubre de 2028.
- Factura electrónica B2B: obligación de emitir facturas en formato electrónico estructurado (FacturaE o similar) entre empresas. Regulada por la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022). Los plazos son distintos: desde el 6 de octubre de 2027 para quien facture más de 8 millones de euros y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto, según la Agencia Tributaria.
Son dos cosas distintas que van en paralelo. Puedes cumplir con Veri*factu emitiendo facturas en PDF (con código QR) sin necesidad de factura electrónica estructurada. Y puedes emitir FacturaE (factura electrónica estructurada) sin que eso te exima de Veri*factu si tu programa no cumple el reglamento.
Lo que sí está claro es que la dirección es hacia más transparencia y más digitalización.
Preguntas concretas que aparecen al comparar verifactu software facturacion autónomos
¿Qué precio debería tomar como referencia para el software de facturación con Veri*factu?
La aplicación de la AEAT es gratuita para quien emite pocas facturas. Para el resto, compara el precio vigente en la web de cada proveedor y calcula el coste del segundo año, sin la promoción de entrada.
¿Cuál es el primer dato que pediría a un proveedor de software sobre Veri*factu?
Le pediría su declaración responsable de que el programa cumple el reglamento (no existe un registro oficial ni una certificación de la AEAT). Si dice que "está en proceso", le preguntaría la fecha comprometida. Sin fecha concreta, no firmo nada.
¿Merece la pena cambiar de software ahora o esperar al último momento?
Cambiar ahora, sin duda. Los proveedores de software adaptado tendrán una avalancha de clientes nuevos en los últimos meses antes del plazo, lo que implica colas en el soporte, posibles fallos de servidores y subidas de precio. Quien cambie en 2026 tiene tiempo de probar, migrar datos y formar a los usuarios sin presión.
¿Veri*factu afecta a los autónomos en módulos (estimación objetiva)?
Sí. Los autónomos en módulos también tienen que cumplir con el SIF si usan software de facturación. La diferencia es que en módulos no necesitas llevar libro de ingresos y gastos con el mismo detalle, pero si emites las facturas con un programa, tiene que cumplir el reglamento.
¿El código QR de Veri*factu es lo mismo que la firma electrónica?
No. El código QR de Veri*factu es un código de verificación que permite comprobar en la AEAT que la factura existe y no ha sido modificada. La firma electrónica (mediante certificado digital) es una tecnología distinta que autentica la identidad del emisor. En algunos contextos (factura electrónica para la Administración Pública) se necesita la firma electrónica además del SIF.
¿Qué error veo más al elegir software Veri*factu?
Elegir el software más barato sin pedir la declaración responsable. Hay soluciones que anuncian compatibilidad con Veri*factu en su marketing sin enseñar ese documento, que es lo que acredita el cumplimiento: no existe una certificación oficial.
¿Puedo usar varios software de facturación distintos?
Técnicamente sí, pero no es recomendable. El SIF exige que cada serie de facturas mantenga una numeración correlativa y que el hash de cada factura incluya el hash de la anterior. Si usas dos software distintos para la misma serie de facturas, la cadena se rompe. Lo más seguro es usar un único programa adaptado para toda la facturación.
¿Cuál es tu recomendación directa para elegir software Veri*factu?
Elige un programa cuyo fabricante haya firmado la declaración responsable, que tenga soporte en español con tiempo de respuesta menor a 24 horas, y que incluya en el precio las actualizaciones normativas. Luego pide una prueba gratuita de un mes, emite cinco facturas de prueba, escanea el QR de cada una y comprueba que aparece en la sede electrónica de la AEAT. Si todo funciona, migra. Si algo falla, cambia de proveedor antes de comprometerte.
Mi cierre sobre verifactu software facturacion autónomos sin maquillar la decisión
Mi opinión es clara: Veri*factu no es una opción ni una mejora opcional. Es una obligación legal con plazos concretos y sanciones reales. Quien la trate como algo que "ya se verá" está corriendo un riesgo que no tiene ningún beneficio a cambio.
La buena noticia es que la adaptación no es cara ni complicada para la mayoría de los autónomos. Un programa sencillo que ya cumpla el reglamento resuelve el problema. Lo que no tiene solución fácil es esperar hasta el último momento y encontrarse con que el soporte está colapsado, los datos no migran bien y hay que presentar facturas manuales mientras tanto.
Cómo migrar de tu software actual a uno con Veri*factu sin perder datos históricos
La migración de software de facturación es lo que más retrasa la adopción de Veri*factu. Nadie quiere perder el histórico de facturas, los datos de clientes y los productos configurados. Pero con la planificación correcta, la migración es menos dolorosa de lo que parece.
El proceso recomendado para migrar con garantías:
- Exporta el histórico de facturas del software actual en el formato más completo disponible (CSV, XML, PDF). Guarda esa exportación en un lugar seguro independientemente del nuevo software.
- Exporta la base de datos de clientes y proveedores (nombre, NIF, dirección, email). La mayoría de los software permiten exportar en CSV. Este archivo es el que importarás en el nuevo sistema.
- Exporta el catálogo de productos o servicios si lo tienes configurado en el software actual.
- Configura el nuevo software con la numeración que corresponde. Si tu última factura del software anterior fue la F2026-087, el nuevo software tiene que empezar desde F2026-088 para mantener la secuencia correlativa.
- Haz una prueba con tres o cuatro facturas reales antes de migrar completamente. Comprueba que el QR funciona, que el hash se genera y que los datos de empresa son correctos.
- Cierra el período en el software anterior una vez que el nuevo funciona correctamente. No elimines el software antiguo hasta tener el histórico exportado y verificado.
El momento ideal para migrar es el inicio de un nuevo trimestre: enero, abril, julio u octubre. Así el cambio de sistema coincide con un corte natural en la contabilidad y es más fácil cuadrar los libros de IVA.
Sanciones por incumplimiento de Veri*factu: qué dice exactamente la norma
- Uso de software que no cumple los requisitos del SIF: sanción de 50.000 € por ejercicio en que se haya utilizado el software no conforme.
- Fabricación, producción o comercialización de software que no cumpla con el SIF: sanción de 150.000 € por ejercicio y línea de producto.
Estas sanciones son las del régimen general. Si el incumplimiento se detecta en el contexto de una inspección fiscal donde ya hay fraude, las sanciones pueden acumularse con las del fraude propiamente dicho.
Veri*factu en la práctica: preguntas que hacen los autónomos antes de migrar
Estas son las dudas más concretas que aparecen cuando un autónomo empieza a preparar la migración:
¿Tengo que enviar a la AEAT todas las facturas que emití antes del plazo? No. Las facturas anteriores al plazo de entrada en vigor del SIF no necesitan migrarse al nuevo sistema. A partir del plazo, si facturas con un programa, todas las facturas nuevas tienen que generarse con uno adaptado.
¿Qué pasa con las facturas en papel? Según las preguntas frecuentes de la AEAT, las facturas que expides a mano no están sujetas al reglamento. Si usas un programa para emitirlas, la factura impresa debe salir de ese programa, con su QR.
¿Puedo usar Excel para los presupuestos y solo el programa adaptado para las facturas definitivas? Sí. Los presupuestos y albaranes no son facturas y no están sujetos al SIF. Solo las facturas definitivas tienen que generarse con el programa adaptado.
¿Qué pasa si tengo una avería en el ordenador y no puedo acceder al software? El SIF contempla situaciones de contingencia. Algunos software permiten un modo offline con registro posterior. Otros proveedores tienen acceso web como alternativa. Confirma con tu proveedor qué protocolo de contingencia tiene antes de elegirlo.
El impacto real de Veri*factu en el día a día del autónomo
Para la mayoría de los autónomos, el impacto práctico de Veri*factu en el día a día es mínimo si ya usan un buen software de facturación. El proceso de emitir una factura no cambia: introduces los datos, el software genera el documento. Lo que cambia es que el software también genera el hash y el QR de forma automática, sin que el autónomo tenga que hacer nada adicional.
Lo que sí cambia de forma más visible:
- Las facturas incluyen un código QR en el pie de página que antes no existía.
- No puedes modificar una factura ya emitida sin que quede rastro. Si necesitas corregir una factura, tienes que emitir una factura rectificativa.
- Si tu programa trabaja en modalidad VERI*FACTU, la AEAT ya tiene tus registros; en la otra modalidad, tendrás que ponerlos a su disposición cuando los pida.
Para el autónomo que lleva bien la facturación, estos cambios son neutrales o incluso positivos (la factura rectificativa ya era obligatoria antes, y el acceso de la AEAT al historial de facturas solo afecta a quien tenía algo que ocultar). Para quien tenía hábitos poco ordenados, Veri*factu es la señal de que hay que ordenarlos.
Veri*factu y los autónomos en estimación objetiva (módulos): qué cambia
Los autónomos acogidos al régimen de módulos a veces creen que Veri*factu no les afecta porque no llevan contabilidad completa. Es un error. El SIF afecta al software de facturación, no al método de cálculo del IRPF. Si emites facturas a clientes que son empresas o profesionales (es decir, cualquier operación sujeta a la obligación de emitir factura), el programa con el que las generas tiene que cumplir el reglamento antes del plazo.
Ojo también con los tickets: una factura simplificada emitida con un TPV o una caja registradora informatizada también es una factura, así que ese sistema tiene que cumplir el reglamento.
Veri*factu para autónomos con actividad internacional: facturas a clientes de la UE
Si facturas a clientes de otros países de la Unión Europea, las facturas siguen siendo facturas sujetas al ordenamiento jurídico español (porque eres residente en España). Por tanto, el SIF aplica también a esas facturas. La factura que emites a un cliente alemán, francés o italiano tiene que generarse con el mismo programa adaptado que usas para los clientes españoles.
Donde hay una complejidad adicional es cuando el cliente extranjero exige que la factura cumpla también con los requisitos legales de su país. En ese caso, necesitas un software que cumpla simultáneamente con el SIF español y con el formato electrónico del país del cliente. No muchos programas lo hacen de forma nativa para todos los países de la UE.
Para las operaciones intracomunitarias, recuerda que la exención de IVA en ventas a empresas de la UE (entregas intracomunitarias de bienes o prestaciones de servicios con inversión del sujeto pasivo) no afecta a la obligación de Veri*factu. Sigues teniendo que emitir la factura con el programa adaptado aunque la operación vaya a IVA cero.
Cómo evaluar un proveedor de software Veri*factu: las cinco preguntas que no pueden faltar
Antes de contratar cualquier software que diga ser compatible con Veri*factu, haz estas cinco preguntas y exige respuesta concreta:
- ¿Podéis enseñarme vuestra declaración responsable de que el programa cumple el reglamento? No existe un registro oficial ni una certificación de la AEAT: ese documento es lo que acredita el cumplimiento.
- ¿El modo de funcionamiento es "Veri*factu" (envío en tiempo real a la AEAT) o "no Veri*factu" (registro local disponible para consulta)? Ambos son válidos, pero conviene saber cuál usa tu software.
- ¿Qué protocolo de contingencia tenéis si el servidor cae o si hay un problema técnico en el momento de emitir una factura? Necesitas una solución para el caso de que el sistema falle en el peor momento.
- ¿Las actualizaciones para cumplir con cambios normativos futuros están incluidas en el precio mensual o tienen coste adicional? La normativa de Veri*factu puede evolucionar; necesitas un proveedor que actualice sin cobrarte extra.
- ¿Puedo exportar todos mis datos en cualquier momento en un formato estándar (XML, CSV)? Si en el futuro quieres cambiar de proveedor, tienes que poder llevarte tus datos sin depender del antiguo software.
Checklist de preparación para Veri*factu: lo que debes tener listo antes del plazo
- Confirmado el plazo que aplica a tu caso: ¿eres sociedad (1 enero 2027) o autónomo persona física (1 julio 2027)?
- Pedida la declaración responsable de tu programa actual o, si aún no la tiene, la fecha comprometida por el proveedor.
- Si tu programa actual no va a adaptarse: nueva solución identificada y probada.
- Exportación del histórico de facturas, clientes y productos del software actual realizada y guardada.
- Numeración de facturas coordinada entre el software antiguo y el nuevo para mantener secuencia correlativa.
- Prueba realizada con facturas reales: QR funciona, hash generado, datos de empresa correctos.
- Período de migración planificado para inicio de trimestre.
- Si hay otras personas en el negocio que emiten facturas: formadas en el nuevo sistema antes del plazo.
¿Tiene tu programa actual la declaración responsable de Veri*factu? Pídesela al fabricante. Si no la tiene, tienes hasta tu plazo legal para encontrar uno que sí la tenga. No lo dejes para el último mes.
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